28 Jun 2020 Guía sobre prórroga de ERTE hasta el 30 de septiembre
El BOE publicó ayer el real decreto-ley aprobado en el Consejo de Ministros del pasado viernes que prorroga los ERTEs hasta el 30 de septiembre. Resumimos cómo afecta la prórroga a los ERTEs por causa de fuerza mayor —figura a la que recurrió la hostelería desde la declaración de estado de alarma en marzo— a los negocios ya reabiertos o que reabran ahora (incorporando solo a una parte de la la plantilla y siendo ERTE parcial) y a los bares y restaurantes que optan por no reabrir (ERTE total), aparte de a los negocios que recurran a la figura del ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP). Son las opciones para la reapertura de la hostelería y el paso a la ‘nueva’ normalidad, con las correspondiente exenciones a la Seguridad Social en cada caso. En 15 puntos, contamos los puntos clave de la regulación sobre prórroga de ERTE hasta el 30 de septiembre, publicada ayer en el BOE.
- Guía sobre ERTE y ERE en hostelería
- ERTE total y parcial: opciones para la reapertura de la hostelería
- Trabajo aclara que es posible ‘sacar’ parcial y progresivamente a empleados del ERTE
- La vigencia del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, que regulaba los ERTE termina el 30 de junio de 2020. El nuevo Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial —fruto del diálogo social entre CEOE, sindicatos y Ministerio de Trabajo y publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE)— prorroga “su espíritu, pero adaptándolas al momento actual. Sus fundamentos son la persistencia de los efectos de la crisis sanitaria en el funcionamiento regular de las empresas y su capacidad de prestación íntegra de servicios, el carácter no homogéneo de dicha recuperación y la posibilidad de que puedan restablecerse, con un alcance limitado, ciertas restricciones de actividad por razones sanitarias”, señala la regulación aprobada el viernes en el Consejo de Ministros.
- Motivos para la prórroga de ERTE hasta el 30 de septiembre: “La situación de emergencia sanitaria causada por el Covid-19 está produciendo aún efectos para las empresas y el empleo, que exigen mantener las medidas extraordinarias previstas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19, y en el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo, en tanto las causas referidas en dichas disposiciones impiden la recuperación íntegra de la actividad de las mismas, y las medidas excepcionales vinculadas a las mismas en materia de protección por desempleo y cotizaciones a la Seguridad Social.
- La principal novedad del nuevo real decreto es que se pueden mantener los ERTE por causa de fuerza mayor ya solicitados hasta ahora y extender su vigencia hasta el 30 de septiembre de 2020. En cambio, en ningún caso, se pueden solicitar ERTE por causa de fuerza mayor nuevos; pero sí se podrá solicitar ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP).
- Hay que recordar que los ERTEs por causa de fuerza mayor han sido la figura a la que recurrió la hostelería desde la declaración de estado de alarma en marzo. Aquí puedes leer la guía sobre ERTE y ERE en hostelería; aquí el criterio de Trabajo para aclarar que es posible ‘sacar’ parcial y progresivamente a empleados del ERTE; y aquí las diferencias entre ERTE total y parcial establecidas en el Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo.
- Se mantienen las obligaciones de comunicar al SEPE cualquier cambio en cuanto a la reincorporación de personal a tiempo completo o parcial. Así, cualquier negocio y, en concreto, restaurantes y bares “deberán comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal aquellas variaciones que se refieran a la finalización de la aplicación de la medida respecto a la totalidad o a una parte de las personas afectadas, bien en el número de estas o bien en el porcentaje de actividad parcial de su jornada individual, cuando la flexibilización de las medidas de restricción que afectan a la actividad de la empresa permita la reincorporación al trabajo efectivo de aquellas”
- Mientras el negocio hostelero esté en ERTE (total o parcial) no podrá hacer nuevas contrataciones, sean directas o a través de empresas de trabajo temporal, ni recurrir a horas extraordinarias o externalizaciones de la actividad. “Esta prohibición podrá ser exceptuada en el supuesto en que las personas reguladas y que prestan servicios en el centro de trabajo afectado por las nuevas contrataciones, directas o indirectas, o externalizaciones, no puedan, por formación, capacitación u otras razones objetivas y justificadas, desarrollar las funciones encomendadas a aquellas, previa información al respecto por parte de la empresa a la representación legal de las personas trabajadoras”, señala.
- En el caso de ERTE por causa de fuerza mayor, se establece la exención del pago de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta distinguiendo, a los efectos del porcentaje de exención aplicable, entre las personas trabajadoras que hayan reiniciado su actividad y aquellas otras que continúen con sus actividades suspendidas y de los periodos y porcentajes de jornada afectados por la suspensión, sistema ya implantado por el decreto de mayo que distinguió entre ERTE total y parcial, pero ahora se aplican nuevos porcentajes de exención.
- NEGOCIOS NO REABIERTOS: Para los ERTE por causa de fuerza mayor TOTAL de negocios que siguen cerrados, las exenciones en materia de cotización a la Seguridad Social serán de:
– En negocios de menos de 50 trabajadores, exención del 70% en julio, 60% en agosto y 35% en septiembre.
– En empresas de más de 50 trabajadores, exención del 50% en julio, 40% en agosto y 25% en septiembre.
[Hay que recordar que estos porcentajes son menores que los existentes desde marzo hasta el 30 de junio para los ERTE por causa de fuerza mayor total: el 100% para empresas con menos de 50 trabajadores y 75% para las de más de 50].
- NEGOCIOS YA REABIERTOS O QUE REABREN EL 1 DE JULIO (incorporando solo a una parte de la la plantilla): Para los ERTE por causa de fuerza mayor que se han mantenido desde marzo sin reanudar la actividad, ni sacar a ningún empleado (por lo tanto, ERTE total hasta ahora) y que el 1 de julio sacan a parte de su plantilla del ERTE (pasando así a ERTE PARCIAL), así como para los negocios con ERTE parcial ya en junio, las exenciones en materia de cotización a la Seguridad Social serán del:
– 60% en julio, agosto y septiembre para los trabajadores que se reincorporen / ya estén trabajando, en empresas de menos de 50 trabajadores, y del 40% en empresas de más de 50 trabajadores.
– 35% en julio, agosto y septiembre para los trabajadores que NO se reincorporen y siguen en ERTE, en empresas de menos de 50 trabajadores, y del 25% en empresas de más de 50 trabajadores.
[Son porcentajes menores los existentes desde mediados de mayor hasta el 30 de junio para los ERTE por causa de fuerza mayor parcial: para los trabajadores reincorporados la exención era del 85% en mayo y del 70% en junio en empresa de menos de 50 trabajadores y del 60% en mayo y del 45% en junio en negocios de más de 50 empleados; y para los trabajadores que continúen en ERTE, la exención era del 60% en mayo y del 45% en junio en empresas de menos de 50 trabajadores y del 45% en mayo y del 30% en junio en negocios de más de 50 empleados].
[Hay que recordar que, como ocurre desde mediados de mayo, cuando se creó la figura del ERTE parcial, los trabajadores que siguen afectados, total o parcialmente, siguen cobrando la prestación por desempleo por la parte no desafectada [del ERTE] —es decir, el Estado seguiría haciéndose cargo del pago del salario y de la parte de la Seguridad Social que no tiene que pagar el empresario].
- En el caso de ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) vinculadas con el Covid-19, se introduce una novedad relevante, aplicable tanto a los anteriores a la entrada en vigor del decreto publicado ayer en el BOE, como a los que puedan iniciarse ahora: la misma exención del pago de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social que en el caso de los ERTE por causa de fuerza mayor parcial (igual que la explicada en el apartado anterior).
- En todo caso, el real decreto recién aprobado tiene como objetivo “continuar facilitando una transición adecuada que posibilite la recuperación gradual de la actividad empresarial y que se desarrolle de forma acompasada con la recuperación de la actividad económica general, contando, para ello, con el estímulo necesario”.Además, se contemplan medidas para un potencial escenario en el que las empresas que se vean obligadas a cerrar de nuevo como consecuencia de un rebrote del Covid-19. En ese caso, sí se admitirán nuevos ERTE por causa de fuerza mayor.
- Los ERTE por causa de fuerza mayor que se mantengan más allá del 30 de junio se prorrogan de oficio automáticamente si el hostelero desea mantenerlos a partir del 1 de julio. Si no, sí es cuando debe comunicar al SEPE la suspensión del ERTE, el paso de ERTE total a parcial o, estando ya en ERTE parcial, cualquier cambio en cuanto a empleados que se incorporen a trabajar o vuelvan al ERTE.
- Por otro lado, se mantiene la prohibición de despedir para los negocios en ERTE, como ya se estableció en marzo; si lo hacen, el coste de la indemnización será de 33 días y, además, tendrán que la devolución de lo ahorrado en el ERTE (todos los costes laborales no pagados durante el ERTE).
- Se extienden, además, las especiales medidas de protección por desempleo a las personas que sean afectadas por los nuevos expedientes que se tramiten en caso de rebrote, a los que se refiere la disposición adicional primera. aso de que se produzcan rebrotes que obliguen de nuevo al cierre de un negocio, será posible volver al ERTE con una exoneración del 60% de las cuotas de la Seguridad Social.
- Asimismo, se introducen las medidas necesarias para reducir las cargas administrativas de las empresas, el impacto en la gestión de la entidad gestora y facilitar la tramitación de las prestaciones.
- Para los autónomos, se prorroga el plan de ayuda para los trabajadores por cuenta propia, cuya vigencia finalizaba el 30 de junio. El nuevo acuerdo contempla la prórroga de medidas como las exenciones en cuotas con algunos modificaciones e incluye, como novedad, a autónomos de temporada.
Fuente de la foto: Villeroy & Boch, Blue Hill y Jaime Beriestain.
cristina perez de algaba
Publicado a las 11:46h, 29 juniogracias Marta eres un ángel.
Cristina
Adrián S
Publicado a las 11:51h, 29 junioHola Marta,
Me surge una duda, es posible que un trabajador que haya salido del Erte vuelva a entrar en él?
Anne
Publicado a las 20:05h, 29 junioEstoy dentro de un erte etop desde abril. Así que ahora mi empresa está exonerada ahora de cuotas a la seguridad social? Y como queda el mantenimiento del empleo para los erte etop?
Anne
Publicado a las 09:49h, 30 junioBuenos días,
En mi empresa hicieron un erte etop por el covid a principios de abril. Entiendo que a partir de ahora los erte etop tienen exoneraciones en la seguridad social, es asi? como queda salvaguardar el empleo en este tipo de erte etop? gracias.
Isa
Publicado a las 23:15h, 30 junioBuenas noches , mi empresa (prensa para una comunidad de ingleses en costa del sol )presentó un erte el 16 de Marzo. (Para 10 trabajadores, ek resto continuo el trabajo)El 8 de junio nos incorporó a todos al 50%. Nos dijeron q el 1 de julio saldríamos del erte pero con esta ampliación nos han dejado aún a algunos. Mi duda es , como es posible q una empresa “esencial” pueda seguir acogiéndose a ertes cuando no tiene limitada su actividad ….no entiendo la verdad. . Gracias
Iroa
Publicado a las 00:47h, 01 julio¿Si una empresa saca a todos los trabajadores del ERTE hay que terminarlo obligatoriamente? ¿En ese caso se pierden las exoneraciones en los Seguros Sociales? Si eso es así, entonces sería más beneficioso dejar siempre a un trabajador en el ERTE al menos unas pocas horas
maria
Publicado a las 14:52h, 04 julioBuenas tardes;
Una pregunta, mi esposo en conductor de un taxi que lo trabaja a mes con el dueño desde ahora porque el dueño necesita dinero. Lo sacó del ERTE el 01//07 pero en tan pocos dias ya ve el dueño que no hay trabajo para los dos.
Podria el dueño devolverlo al ERTE, como no lo puede despedir, no sabemos qué hacer, Gracias
Daniel Moreno Gomez
Publicado a las 09:06h, 11 julioSaludos. Mi duda es la siguiente. Soy autónomo y tengo un pequeño negocio de hostelería con un único empleado. Actualmente está en este fuerza mayor desde el 14 de marzo. El pasado 1 de junio reinicie la actividad pero sin incorporarlo, para ver como marchaba la cosa… Si no lo incorporó hasta septiembre…. Seguiría en ese ERTE? Y en el caso de que lo llamase pero con una jornada muy reducida… Sería parcial no? En ese caso entiendo que yo pagaría parte de su sueldo y el resto hasta completarlo se lo abonaría el Estado? Gracias
Sheila Molina
Publicado a las 10:43h, 25 julioHola. Tengo un restaurante y saqué a todos del ERTE. Ahora no hay trabajo suficiente y no puedo mantener un trabajador. Se puede volver a meter en ERTE? Hay alguna solución para mi caso? Gracias
Laura
Publicado a las 10:01h, 04 agostoHola buenas tengo una duda, quería saber si la empresa en la que trabajo tiene q hacer algún trámite para que me prorroguen el erte hasta septiembre, es que en la solicitud solo me salía hasta el mes 6 y este mes aún no me han ingresado. Gracias
Núria Soteras
Publicado a las 05:34h, 25 agostoHola Marta,
Tengo la siguiente duda, soy trabajadora y se me ha acabado el ERTE de 360 días cotizados, o sea tenía derecho a 120 días y ya se han agotado. La empresa en la que trabajo,( mi contrato es fijo y de 40 horas antes de entrar en ERTE) me coge 12 horas a la semana, tengo derecho a algún subsidio o alguna prestación?
Muchas gracias,
Núria
Nayra
Publicado a las 16:18h, 21 septiembreBuenas tardes, soy de Canarias.
tengo una duda.
Soy autónoma y mi trabajo está vinculado a la hostelería. En verano recupere a mis 2 trabajadores del ERTE pero ahora con toda esta bajada del turismo, necesito volver a mandarlos al ERTE, po podría hacer? Si los mando al ERTE puedo trabajar con otro autónomo teniéndolos a ellos en ERTE?? Saludos, gracias
GUÍA SOBRE LA PRÓRROGA DE ERTE HASTA EL 31 DE ENERO DE 2021: OPCIONES PARA LA HOSTELERÍA
Publicado a las 13:08h, 09 octubre[…] Guía sobre prórroga de ERTE hasta el 30 de septiembre: cómo afecta a ERTEs por causa de fuerza ma… […]