25 Oct 2011 De uno a cinco tenedores, la clasificación de los restaurantes
¿Cómo se clasifican los restaurantes? Uno, dos, tres, cuatro o cinco tenedores se van sumando como seña de identidad, que varía por comunidades autónomas. The Lawyer, nuestra abogada de cabecera, nos da las pistas para entender esta calificación.
Hace ya algunos posts hablamos de cómo establecer un restaurante, desde el propio concepto de restaurante –diferenciado del de bar o cafetería– hasta la forma societaria más conveniente.
Hoy vamos a seguir ahondando en el concepto de restaurante, en concreto de su clasificación: a la hora de acondicionar el local, es importante que tengáis en mente ciertos requisitos si queréis que vuestro flamante nuevo –o no nuevo– restaurante sea calificado como de uno, dos, tres, cuatro o cinco tenedores… Sí, igual que los hoteles (en su caso, con estrellas).
La mayoría de las comunidades autónomas cuentan con esta clasificación (de uno a cinco tenedores) y sus exigencias para clasificar los restaurantes no varían demasiado. Os doy algunos ejemplos para que os hagáis una idea, aunque os recomiendo que examinéis las normas de vuestra comunidad (estoy a vuestra disposición para dudas concretas):
Por ejemplo, para que los propietarios de un restaurante en Galicia puedan mostrar orgullosos en la puerta de su establecimiento la placa distintiva de los cinco tenedores el local ha de contar, entre otros requisitos, con:
• Entrada de clientes independiente de personal y mercancías
• Vestíbulo o sala de espera con servicio de bar
• Guardarropa
• Climatización
• Servicios higiénicos para clientes independientes para damas y caballeros
• Servicios higiénicos para personal
• Ascensor y escalera de servicio si el restaurante cuenta con más de una planta
• Personal uniformado
• Responsable de comedor con conocimiento de idiomas
• Carta de platos y menús en varios idiomas
• Decoración y menaje de gran calidad
• Uso de gueridón (carrito o mesa móvil) y mesa auxiliar para los platos que así lo necesiten
• Bodega con vinos de marcas nacionales e internacionales de reconocido prestigio y todas las denominaciones de origen gallegas
• Responsable del servicio de bebidas
• Aparcamiento propio o servicio de aparcacoches.
Quizá otro día podamos analizar con más detenimiento si es más “fácil” tener un restaurante de cinco tenedores en Andalucía o Aragón… Por el momento, ¡¡os dejo con la intriga!!
FIRMA DE LA FOTO: GETTY IMAGES (LIBRE DE DERECHOS)
AUTOR DE LA FOTO: Pederk
Studiodesign.es
Publicado a las 20:14h, 25 octubreAhora me ha quedado mucho más claro
CHEF OMAR
Publicado a las 04:50h, 04 noviembretodo esta claro..!!!!
Charo
Publicado a las 14:33h, 13 marzoHola. Lo entiendo, y me queda sólo una curiosidad: ¿dónde se registran esas categorías de tenedores? No consigo encontrar la legislación específica de la comunidad valenciana. ¿Qué entonces el «grupo blanc de calidad»?
¡gracias!
Jonatan
Publicado a las 14:46h, 15 mayoAhora se mide en 1º, 2º o 3º categoria y se estipula en el decreto 7/2009 de la comunidad valenciana
jorge GONZALEZ
Publicado a las 16:43h, 07 febreroNecesito saber cual es la Legislación que categoriza o norma estos estándares de calidad y donde conseguirla para informarme.. Gracias
Miguel Angel Benitez Flores
Publicado a las 03:09h, 22 julioHola buenas noches, yo me encuentro en Cd. del Carmen , Campeche. en México, gestiono asuntos relacionados con la Industria restaurantera Mexicana y un restaurantero me cuestiono sobre la clasificación de los tenedores para restaurantes. Me podrían apoyar o indicar si hay algún organismo en México que gestione esta clsificación. Se los agradecería….sin mas por ahora les mando saludos cordiales
cristian
Publicado a las 19:57h, 17 agostohola!! perdon por la pregunta algo tonta pero ¿porque se clasifican los restaurantes por tenedores y porque no por otra cosa?
Yobelka Diaz
Publicado a las 01:10h, 23 agostoMuy buena información
maria de los angeles sanchez
Publicado a las 01:25h, 13 noviembreVIVA MEXICO PUTOS!! AWEBO!!
Ricardo Hernandez Rojas
Publicado a las 23:58h, 12 eneroMe gustaría saber cual es la legislación para Andalucía
Gracias!
Alberto Benitez
Publicado a las 23:26h, 15 mayoEn los Convenios Colectivos suele aparecer restaurantes de lujo, de primera, de segunda y de tercera, pero se como identificar a cada restaurante. Desconozco si existe un registro estatal de categorías de restaurantes. Un saludo.
Carlos Lopez
Publicado a las 17:08h, 02 marzoThe Lawyer, excelente post ahondando sobre la diversidad de los restaurantes.
Veo que el post tiene unos cuantos años ya. Igualmente me gustaría saber, en qué ley se recoge la categorización de los restaurantes en el caso concreto de la Comunidad de Madrid.
Un saludo!
Y espero seguir leyendote.